Cuando una persona forma parte de la nómina de una empresa seria, debe observar un comportamiento respetuoso de las normas internas, por lo cual, a la hora de realizar alguna diligencia, una gestión de índole legal o simplemente por problemas de salud, se debe notificar a la empresa y tramitar de manera formal el permiso de trabajo.
La ley es muy clara en cuanto a las sanciones que pueden generar acciones de desapego a las normas laborales. En Panamá a través del Código del Trabajo, se contemplan situaciones particulares en las cuales es obligatorio para la empresa otorgar la respectiva licencia, en algunos casos con remuneración y otros casos consisten en permisos no remunerados.
Licencias de trabajo o permisos remunerados en Panamá
Citas médicas personales: El trabajador debe solicitar el permiso previamente y luego comprobar su asistencia a la cita. El permiso será por jornadas parciales.
Citas médicas para hijo: Solamente se incluyen los hijos menores de dos años y por jornadas parciales, es decir, no se dispone de todo el día.
Incapacidades: Cuando no se ha agotado el fondo por enfermedad y se justifique de forma oportuna con un certificado médico.
Permisos sindicales: Este tipo de permisos son regulados por las convenciones colectivas, las cuales incluyen su duración y las formalidades para su solicitud.
Licencias por adopción: a la madre adoptante le corresponden 4 semanas desde el momento de la resolución judicial que declara la asignación temporal del hijo adoptado. El padre adoptante dispone de 2 semanas, y podrán ser descontadas de las vacaciones, a menos que la convención colectiva de la empresa contemple otra cosa.
Citaciones judiciales: cuando el trabajador acuda a una diligencia judicial y su asistencia se haya acreditado.
Representar al país: cuando el trabajador deba representar a Panamá en competencias internacionales, bien sea por deporte o trabajo.
También se cuentan los casos de representar a la organización social, muerte de familiares, para votar, para capacitación electoral y para cargo electoral.
Licencia de maternidad: Otorgado a la mujer en estado de gravidez, la cual gozará de descanso forzoso retribuido del mismo modo que su trabajo, durante las seis semanas que precedan al parto y las ocho que le sigan
Licencia de paternidad: Trabajador de empresa privado o servidor público cuya esposa o conviviente se encuentre en estado de gravidez, el término de la licencia es por tres días hábiles, contados a partir del nacimiento del hijo/a.
Licencias laborales no remuneradas en Panamá
Estudios: otorgado al empleado que desea acudir al extranjero a realizar estudios, además de ser una licencia no remunerada, la empresa no está obligada a concederla.
Muerte de compañero: previo aviso y sin perjudicar o suspender el funcionamiento normal de la empresa, se puede acudir al entierro del compañero.
Cargos públicos: cuando debe desempeñar un cargo público por un período mínimo de 6 meses y máximo 2 años. En caso de cargos de elección popular, será mientras dure el cargo.



